{"id":31,"date":"2021-12-29T16:11:08","date_gmt":"2021-12-29T16:11:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.aravena.legal\/?p=31"},"modified":"2025-04-22T01:42:58","modified_gmt":"2025-04-22T04:42:58","slug":"derechos-conexos-el-valor-de-interpretar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.aravena.legal\/?p=31","title":{"rendered":"Derechos conexos en la m\u00fasica: El valor de interpretar"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es indiscutible la importancia de los int\u00e9rpretes y ejecutantes musicales en el acercamiento del p\u00fablico a los autores y compositores de m\u00fasica. Estos artistas contribuyen, desde sus propias interpretaciones y ejecuciones de piezas musicales, a la generaci\u00f3n de riqueza patrimonial y a la diversidad cultural, estimulando la creaci\u00f3n de m\u00fasica, pero no solamente por medio del desarrollo de nuevas obras, sino que tambi\u00e9n por la generaci\u00f3n de otras formas de comunicar el mensaje que \u00e9stas llevan a las personas que las disfrutan o, por qu\u00e9 no, la introducci\u00f3n de otros mensajes y provocaci\u00f3n de sensaciones diferentes a las que produjo primeramente en el p\u00fablico con una misma canci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La diversidad de la interpretaci\u00f3n, que emerge desde la impronta del artista musical, hace posible que a uno le guste m\u00e1s la versi\u00f3n de una canci\u00f3n de un determinado artista que la de otro, o la ejecuci\u00f3n en vivo por el artista m\u00e1s que la pieza grabada en estudio, lo que no es otra cosa que el reflejo del aporte de los m\u00fasicos ejecutantes a la obra misma.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La influencia de la interpretaci\u00f3n musical en la diversidad de la cultura ha sido uno de los motivos m\u00e1s relevantes para que los distintos pa\u00edses del mundo concedan derechos intelectuales a sus m\u00fasicos, esta vez&nbsp;<strong>para permitir el desarrollo del talento de int\u00e9rpretes y ejecutantes<\/strong>&nbsp;por medio de los llamados derechos conexos o afines, llamados as\u00ed por su relaci\u00f3n con el derecho de autor, los cuales permiten a los artistas tener control sobre la explotaci\u00f3n de su m\u00fasica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Los derechos conexos de int\u00e9rpretes y ejecutantes son distintos del derecho de autor<\/strong>. Mientras el objeto de protecci\u00f3n de \u00e9ste es la obra en abstracto, vale decir la composici\u00f3n misma, los derechos conexos de los artistas int\u00e9rpretes y ejecutantes, protegen la ejecuci\u00f3n concreta de una obra. As\u00ed,&nbsp;<strong>los derechos conexos de los artistas se independizan de la obra misma y pueden generarse incluso con la ejecuci\u00f3n de obras cuya protecci\u00f3n legal ha expirado<\/strong>. Pero tal como el derecho de autor nace con la creaci\u00f3n de las obras del talento creativo, los derechos conexos de los artistas int\u00e9rpretes y ejecutantes de m\u00fasica emergen con cada ejecuci\u00f3n de una obra musical, de manera que un artista sobre una misma obra generar\u00e1 tantos derechos conexos independientes como ejecuciones art\u00edsticas realice. En efecto, un artista tendr\u00e1 derechos conexos sobre su interpretaci\u00f3n o ejecuci\u00f3n musical de una canci\u00f3n fijada en un \u00e1lbum musical o fonograma, pero tambi\u00e9n otros derechos conexos por sus interpretaciones de la misma canci\u00f3n en cada concierto en la cual \u00e9sta sea tocada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De esta forma el fonograma, como se llama a la fijaci\u00f3n exclusivamente sonora de la ejecuci\u00f3n de m\u00fasica en un soporte f\u00edsico, es sumamente importante para que el artista pueda obtener una remuneraci\u00f3n por la explotaci\u00f3n de sus interpretaciones o ejecuciones musicales, tanto as\u00ed que&nbsp;<strong>la utilizaci\u00f3n de fonogramas mediante su comunicaci\u00f3n p\u00fablica es una de las formas de retribuci\u00f3n econ\u00f3mica m\u00e1s importante para los int\u00e9rpretes y ejecutantes en nuestro pa\u00eds<\/strong>, ya que legalmente es obligatoria y debe ser gestionada a trav\u00e9s de una entidad de gesti\u00f3n colectiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El artista tambi\u00e9n puede percibir r\u00e9ditos de la explotaci\u00f3n de sus interpretaciones y ejecuciones musicales en formato audiovisual. Ello es as\u00ed porque los derechos conexos de los artistas resguardan sus interpretaciones y ejecuciones musicales como tales, de manera que la ley no exige que \u00e9stas sean fijadas en soportes f\u00edsicos para obtener protecci\u00f3n legal. En efecto,&nbsp;<strong>la ley posibilita que los int\u00e9rpretes y ejecutantes puedan ejercer sus derechos conexos sobre cualquier interpretaci\u00f3n, incluyendo aquellas no fijadas en fonogramas, tales como las que constan en grabaciones audiovisuales<\/strong>. Por dicha raz\u00f3n, la Ley sobre Propiedad Intelectual establece que, respecto de las interpretaciones y ejecuciones de un artista, se proh\u00edben sin su autorizaci\u00f3n expresa la grabaci\u00f3n, reproducci\u00f3n en fonogramas o cualquier otro tipo de ejemplares tangibles y su distribuci\u00f3n, transmisi\u00f3n o retransmisi\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n su difusi\u00f3n por medios inal\u00e1mbricos, por radiodifusi\u00f3n o por cualquier forma de comunicaci\u00f3n por la cual sus interpretaciones o ejecuciones puedan hacerse llegar al p\u00fablico sin mediar una previa distribuci\u00f3n de copias f\u00edsicas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por cierto, la protecci\u00f3n de los derechos conexos de los artistas int\u00e9rpretes y ejecutantes de m\u00fasica se extiende por 70 a\u00f1os desde la respectiva interpretaci\u00f3n o ejecuci\u00f3n y hasta 70 a\u00f1os contados desde la publicaci\u00f3n del fonograma en el que han sido fijadas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es indiscutible la importancia de los int\u00e9rpretes y ejecutantes musicales en el acercamiento del p\u00fablico a los autores y compositores de m\u00fasica. 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